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Visas I para representantes de medios extranjeros

La visa I es uno de los tipos menos conocidos de visas de trabajo para no inmigrantes. La visa I es para representantes de medios extranjeros. Aunque la visa I no es la más conocida o usada (sólo alrededor de 30.000 se utilizan cada año), es una visa muy útil.

¿Cómo
se califica para la visa I? 

Para
calificar para la visa I, la persona debe llegar a los Estados Unidos solamente
para trabajar como emisario de un medio extranjero, ya sea diarios, radios o
canales de televisión. La visa está también disponible para aquellos que van a
trabajar en un medio norteamericano subsidiario de un medio extranjero, si la
empresa extranjera posee subsidiarias en Estados Unidos. La categoría incluye no
sólo a aquellos periodistas que son vistos u oídos, sino a aquellos cuyo
trabajo es esencial para el funcionamiento de los medios incluyendo equipos de
filmación, editores y otros roles similares. 

Las
visas I se consiguen solamente para aquellos ciudadanos de países que tienen
acuerdos con los Estados Unidos para obtener visas de medios norteamericanos.
Sin embargo, en la práctica esta limitación no surte mucho efecto ya que hay
acuerdos entre los Estados Unidos y muchos países extranjeros. 

¿Cómo
puedo saber si la visa I es la adecuada?
 

Algunas
instancias específicas en las que la visa I se impone son las siguientes: 

*
Representantes de oficinas de turismo que operan para gobiernos extranjeros, si
el objetivo de estas oficinas es proveer información fáctica acerca del país
extranjero. 

*
Representantes de negocios y organizaciones que distribuyen información técnica
industrial. 

*
Periodistas independientes que están bajo contrato con una organización
extranjera para producir noticias o información sin objetivos de
entretenimiento o propaganda. 

Las
visas I no son necesarias para representantes de medios extranjeros que cubran
las Naciones Unidas. Estos periodistas están generalmente clasificados como
extranjeros en tránsito y no requieren visa para asistir a las reuniones de la
ONU. 

¿Cuáles
son las especificaciones para esta visa?
 

Los
solicitantes de esta visa están sujetos a la mayoría de los requisitos para
otras visas de no inmigrantes. Sin embargo, y aunque la visa no puede usarse
para propósitos duales, el extranjero no debe mantener residencia en el
extranjero. 

No
existe límite de tiempo para que una persona pueda permanecer en los Estados
Unidos con una visa I, pero la visa es emitida en períodos incrementales de
solamente un año. Para poder extender la visa se debe presentar una solicitud
que incluya una carta del empleador explicando las actividades en las que se
basa el pedido de extensión. 

¿Cuáles
son las opciones para los miembros de la familia en las visas I?
 

Quienes
dependan de los poseedores de la visa I no tienen autorización para trabajar,
aunque obtener un trabajo no será considerado como una violación del status. 

¿Pueden
los representantes de los medios de comunicación obtener otro tipo de visas?
 

Se
requiere que los medios extranjeros de prensa tengan una visa. Sin embargo, una
nueva política provee al Director de Puerto la autoridad discrecional de
permitir a los periodistas extranjeros entrar a los Estados Unidos con una Visa
B-1 o Visa de Regularización de Estatus. Si la Protección de Aduana y Frontera
de los EEUU (CBP) ejerce este poder discrecional, al periodista se le requerirá
tener la categoría correcta de visa para cualquier viaje futuro a los Estados
Unidos. Por consiguiente, si el mismo problema ocurre por segunda vez, el periodista
no podrá usar la visa B. 

¿Por
qué la CBP concede más libertad de acción a los periodistas extranjeros que
intentan ingresar a los Estados Unidos con la visa equivocada?
 

Este
cambio sobreviene luego del reciente rechazo al ingreso de algunos periodistas
que intentaron entrar con visas de visitante en lugar de visas I. Algunos
representantes de la prensa, televisión u otros medios extranjeros han
solicitado ser admitidos como no inmigrantes con una visa B-1 visa de negocios
o como visitantes de negocios bajo el programa de Condonación de Visa. Sin
embargo, bajo el Acta de Inmigración y Nacionalidad, a estos medios de prensa
extranjeros se les requiere entrar a los EEUU. con la visa I. 

La
CBP señaló que se implementó la autoridad discrecional para no castigar a los
individuos que no están informados de los requisitos legales para ingresar a
los Estados Unidos.

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