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Planificación legal en casos de incapacidad

Conozca cuáles son los problemas legales a analizar cuando un integrante de la familia padece la enfermedad de Alzheimer u otro trastorno incapacitante


Hay distintos
problemas legales que se deben tomar en cuenta cuando una persona
esté incapacitada (o pueda estarlo en el futuro):


  • La gestión de los asuntos financieros de dicha persona a lo largo de su vida;


  • La gestión del cuidado de dicha persona, por ejemplo, las decisiones médicas,
    el lugar de residencia, el ingreso en un centro especializado, etc.;


  • El pago de la atención a largo plazo, la protección del patrimonio familiar,
    garantizar que el cónyuge y la familia del paciente cuenten con la debida
    protección; y


  • La distribución de los bienes del paciente después de su fallecimiento.


¿Cuándo se debe consultar a un abogado?


Debe consultársele lo más pronto posible. Mientras el paciente aún disponga de
capacidad legal para tomar sus propias decisiones, tendrá a su disposición el
máximo de opciones de planificación. El asunto de la capacidad es complejo y las
decisiones deben atenerse a cada caso en particular.


¿Cuáles son las opciones disponibles para la gestión de bienes?


Hay distintas opciones para la
gestión del patrimonio, entre ellas las
siguientes:


  • Poderes de duración indeterminada


  • Fideicomisos en vida revocables


  • Designación de una persona responsable de hacer los cobros y


  • Curaduría del patrimonio y de la persona.


Cada una de ellas tiene sus ventajas y desventajas, las cuales se deben analizar
exhaustivamente con el abogado. Además, en lo referente a las decisiones
médicas, deberá sopesar la utilización de un poder de duración indeterminada
para fines de atención médica, disposiciones para los médicos y la curaduría de
la persona.


¿Cuáles son las opciones de pago para la atención a largo plazo?


Investigue en primer lugar si existen seguros privados que cubran la atención a
largo plazo, bien sea en el hogar o en un centro especializado. Examine también
los programas de ayuda gubernamental a los que pudiera tener derecho el
paciente.


¿Qué se puede hacer para proteger los bienes si el paciente necesita atención
permanente en un centro especializado?


Pueden emplearse distintas estrategias de planificación para proteger su
patrimonio si existe el derecho a la ayuda estatal. La estrategia más indicada
dependerá de las circunstancias propias de cada persona, es decir, el estado
civil, la capacidad mental, la edad y el estado de salud del paciente.


  • Conversión de los bienes no exentos a bienes exentos


  • Traspaso del domicilio familiar al cónyuge


  • Traspaso de la residencia principal, con retención del patrimonio vitalicio


  • Aplicación de decisiones judiciales para incrementar la cantidad de recursos o
    ingresos, o ambos, que pueda conservar el cónyuge de la persona ingresada en
    un centro especializado


  • Fideicomisos


  • Obsequio de bienes.


Cada una de estas opciones tiene implicaciones importantes y se deben analizar
exhaustivamente con un abogado que conozca la legislación vigente.


Glosario


Albacea testamentario
.
La persona designada en un testamento que tendrá la responsabilidad de
administrar el patrimonio durante el período de convalidación. El albacea
testamentario es la persona responsabilizada de garantizar que se paguen todos
los impuestos y demás gastos, y de distribuir los bienes del fallecido de
conformidad con el testamento.


Apoderado
.
La persona nombrada como agente en un poder de duración indeterminada. No es
necesario que dicha persona sea abogado.


Beneficiario
.
La persona que recibe los beneficios de una transacción; por ejemplo, el
beneficiario de una póliza de seguro de vida, el beneficiario de un fideicomiso,
el beneficiario de un testamento.


Beneficios de jubilación de la Seguridad Social
.
Beneficios que reciben los trabajadores con derecho a los mismos, así como sus
familiares, cuando el trabajador se jubila. Para tener derecho a los beneficios,
es necesario que el trabajador haya trabajado durante determinado período de
tiempo en un empleo cubierto por la Seguridad Social.


Beneficios por incapacidad de la Seguridad Social
.
Beneficios de la Seguridad Social que reciben los trabajadores incapacitados y
sus familias.


Convalidación
.
Procedimiento judicial que fiscaliza la gestión del patrimonio sucesorial de una
persona fallecida. Los testamentos están sujetos a convalidación, mientras que
los fideicomisos en vida no lo están (si cuentan con el financiamiento
necesario).


Copropiedad sobre un inmueble
.
Forma de propiedad de dos o más personas designadas como "copropietarios". Al
fallecer uno de ellos, sus derechos de propiedad pasan automáticamente al
copropietario superviviente, con independencia del testamento del copropietario
fallecido, y sin necesidad de someterse a la convalidación.


Curador
.
La persona designada por el tribunal para actuar en nombre de una persona
incapacitada.


Curaduría
.
Procedimiento judicial en el cual el tribunal supervisa la gestión de los
intereses de una persona incapacitada y la atención personal que reciba.


Disposición de no mantener la vida artificialmente
.
Documento escrito en que una persona expone el deseo de morir en condiciones
naturales y de que no se le mantenga viva por medios artificiales.


Disposiciones para los médicos
.
Documento escrito en el que una persona expone sus deseos de que no se utilicen,
o se retiren en ciertas circunstancias, los procedimientos de prolongación de la
vida. De acuerdo con la ley, dicho documento debe reunir determinados requisitos
para que sea válido.


Fideicomisario
.
La persona responsable de gestionar los bienes del fideicomiso en beneficio del
beneficiario.


Fideicomiso en vida revocable
.
Documento en que se describe cierta propiedad, se nombra a un fideicomisario
(quien administra la propiedad) y se designa a un beneficiario que recibirá los
beneficios del fideicomiso. El fideicomiso en vida es un medio eficaz para
evitar la convalidación y permitir la gestión de los bienes. La persona que lo
otorgó lo puede revocar en cualquier momento de su vida.


Fideicomiso irrevocable
.
Fideicomiso cuyos términos y condiciones no se pueden modificar.


Fideicomiso para fines especiales
.
Documento especialmente redactado en que se establece un fideicomiso como
complemento de los beneficios gubernamentales que reciba un beneficiario, sin
afectar el derecho de dicho beneficiario a recibir beneficios públicos.


Mandante
.
La persona que crea un fideicomiso.


Patrimonio vitalicio
.
Interés en la propiedad inmobiliaria que perdura mientras viva el titular del
patrimonio vitalicio. Al fallecer el titular del patrimonio vitalicio, la
propiedad pasa al titular del resto del interés sobre la propiedad, sin
necesidad de convalidación.


Poder de duración indeterminada para efectos de bienes
.
Documento en que una persona (el "mandante") designa a otra como agente suyo (el
apoderado) para que realice transacciones financieras en su nombre. Dicho
documento puede ser "de entrada en vigor condicionada", lo que significa que
sólo tendrá validez en caso de incapacidad del mandante, o "no condicionado", lo
que quiere decir que el documento adquiere validez una vez suscrito.


Poder de duración indeterminada para fines de atención médica
.
Documento en el que una persona designa a otra como agente para que tome en su
nombre las decisiones relativas a la atención médica, en caso de que no esté en
condiciones de dar personalmente su consentimiento. Dicho documento puede
otorgar al agente la potestad de retirar o mantener los procedimientos dirigidos
a prolongar la vida.


Sujeto de la curaduría
.
La persona incapacitada a cuyo nombre se ha formalizado en un documento de
curaduría.


Testador
.
La persona que suscribe un testamento.


Testamento
.
Documento suscrito por una persona en que ésta expone cómo quiere que se
administre y se distribuya su patrimonio después de su muerte. Debe ajustarse a
determinados requisitos legales para que tenga validez. Lo dispuesto en el
testamento sólo se ejecutará después de fallecer el testador.

Fuente: Family Caregiver Alliance (USA)